CR - Exoneran de impuesto a maquinaria de construcción usada PDF Imprimir E-mail
Lunes, 30 de Julio de 2012 15:06
Anulan cobro de impuesto a la propiedad de vehículos automotores, embarcaciones y aeronaves a la maquinaria de construcción usada.


El pasado 25 de julio la Sala IV o Constitucional de la Corte Suprema  de Justicia de Costa Rica declaró como “inconstitucional” el cobro del impuesto a la propiedad de vehículos automotores, embarcaciones y aeronaves que se aplica a la maquinaria de construcción usada. Esto por considerar que “ese gravamen debe recaer únicamente sobre vehículos que son usados para el traslado y transporte de personas o cosas, y no para la maquinaria de construcción.

La Dirección de Tributación del Ministerio de Hacienda deberá ajustar los trámites internos para permitir a los propietarios de maquinaria de construcción el pago de los otros rubros, distintos al impuesto a la propiedad de vehículos, contenidos regularmente en la fórmula de cobro de los derechos de circulación.
Según el voto de la Sala IV “sólo de devolverá el dinero pagado por el concepto de ese impuesto a las personas físicas o jurídicas que interpusieron el recurso inconstitucional, pues esta declaratoria carece de efecto retroactivo pues surte sus efectos a partir de la fecha de la sentencia”.

Con respecto a este resultado, el director de la Cámara Costarricense de la Construcción (CCC), Randall Murillo, comentó que “satisface al gremio, porque, a su juicio, el impuesto encarecía la actividad y afectaba la competitividad del sector”.